He leído la póliza de mi seguro y siempre habla de la vivienda habitual, por lo que no sé si quedaría cubierta cualquier incidencia que pueda ocurrir en la vivienda que tengo en alquiler vacacional…

He leído la póliza de mi seguro y siempre habla de la vivienda habitual, por lo que no sé si quedaría cubierta cualquier incidencia que pueda ocurrir en la vivienda que tengo en alquiler vacacional.¿O hay que tener una póliza específica para esta modalidad?

Entiendo que tiene contratada una póliza para una vivienda habitual del tomador o propietario. Hay que tener mucho cuidado con esto. Las primas de las pólizas se calculan en base al riesgo que se cubre. Éste es mayor en una vivienda de cincuenta años que en una de diez. De igual manera, el riesgo de un alquiler es diferente que si lo habita el propietario. El alquiler también podría constituir vivienda habitual de un inquilino con un contrato a largo plazo.Interpreto que en la póliza se refiere a vivienda habitual del tomador, puesto que si existe arrendamiento, hay que hacerlo constar. En cualquier caso lo que nunca va a ser vivienda habitual es el alquiler vacacional. Por tanto, la recomendación es que en la póliza, que no deja de ser un contrato, se indiquen todas las circunstancias reseñables del hogar que se asegura. Cada póliza es diferente y debe recoger los criterios a la hora de aceptar o no determinados siniestros. De hecho, en las pólizas se suele incluir una cláusula donde se hace constar expresamente que el tomador del seguro declara que los datos indicados en el apartado de descripción del riesgo son verdaderos.



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