El próximo 10 de mayo se conocerá el fallo del TSJC sobre el Decreto del alquiler vacacional en Canarias

El CAF tinerfeño, personado en uno de los recursos, organizó una mesa redonda sobre esta materia en las IV Jornadas Jurídicas celebradas el pasado sábado, en la que la mayoría se mostró a favor de un regulación sin limitaciones, pero con control, y que recoja el papel de los colegiados como especialistas en alquiler.

Santa Cruz de Tenerife, 3 de abril de 2017. El próximo 10 de mayo se conocerá el futuro del Decreto que regula el alquiler vacacional en las islas. Para ese día está previsto el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias sobre los recursos contenciosos presentados contra la normativa canaria.

Así lo avanzó Antonio Aznar, profesor de Derecho Civil de la Universidad de La Laguna, en el marco de una mesa redonda sobre esta materia dentro de las IV Jornadas Jurídicas, organizadas por el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Santa Cruz de Tenerife.

Aznar, autor del informe jurídico que encargó el CAF tinerfeño, y que cuestiona varios aspectos del Decreto, entre ellos la prohibición de la actividad en zonas turísticas, recordó que el Colegio se personó en el recurso presentado por la Asociación de Alquiler Vacacional en Canarias (ASCAV).

En total, precisó el jurista, se han planteado hasta la fecha cinco recursos contra la regulación que hace el Decreto en la provincia de Santa Cruz de Tenerife (Feditur, 2 particulares, la asociación ASCAV y CAF y la Comisión Nacional del Mercado y de la Competencia) y otros cinco desde organizaciones de la provincia de Las Palmas.

El viceconsejero de Turismo del Gobierno de Canarias, Cristóbal de la Rosa, participante en la mesa redonda, dijo que, en caso de que se anulara el Decreto, están obligados a presentar el correspondiente recurso. Y defendió que la Comunidad Autónoma ha regulado el alquiler vacacional teniendo en cuenta que la explotación turística, el uso residencial y turístico del suelo en las islas, están recogidos en nuestro cuerpo legislativo”, a diferencia de otras comunidades autónomas.

El viceconsejero valoró que dos años de reuniones con todos los agentes implicados no han permitido un acercamiento de las posturas. Aunque admitió un cierto consenso en que “el problema no está en una oferta de calidad, cuidada y responsable”, por lo que se mostró dispuesto a modificaciones en el Decreto en este sentido, si hubiera acuerdo de los agentes.

Al ofrecer datos sobre la actividad del alquiler vacacional en Canarias, unas 28.8000 viviendas censadas en un estudio, de las que sólo son legales 3.000, destacó que el 49 por ciento del total están fuera de zona turística, “plenamente legalizables”, por lo que cuestionó el motivo real por el que los propietarios no lo hacen. Lo cual, dijo que supone 900 millones de euros que deja de ingresar la Comunidad Autónoma.

No obstante, aseguró que no ha firmado ninguna sanción “de oficio” por viviendas fuera de la legalidad, y que todos los casos corresponden a denuncias presentadas por comunidades de propietarios.

Por otro lado, ofreció el dato de que en Canarias son cinco inmobiliarias, cuatro de ellas de fuera de Canarias, las que acaparan la oferta total, con 900 viviendas vacacionales. Y concluyó que “la realidad es que estamos ante una explotación totalmente profesionalizada, que genera problemas de pago de impuestos y de falta de seguridad”.

Al principio de su intervención, el viceconsejero había señalado que su departamento está cruzando datos con la Agencia Tributaria, así como que la Policía les pide identificar a los turistas en alquiler vacacional, como se hace en los establecimientos hoteleros. Y se mostró conforme con “ponderar” el papel de los administradores de fincas colegiados en esta modalidad turística.

Así lo había pedido el magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid Vicente Magro, quien ve en los administradores un papel esencial para la gestión del alquiler vacacional, e incluso “la potestad del control, con lo que se podría acabar con el intrusismo que hay en Canarias”.

El papel de los administradores de fincas

En la mesa redonda, presidida por la presidenta del CAF tinerfeño, Carmen Suárez, participaron también el magistro Gonzalo Sancho Cerdá, juez decano de los Juzgados de Torrent; el presidente del CAF de Baleares, Pau Bonet, y el vocal del CAF en la provincia, Juan Setién.

El debate sirvió para concretar la idea general de que no se puede prohibir una actividad que tiene que ver con un derecho fundamental, como es el derecho a la vivienda y al alquiler. Se planteó que sólo se podría prohibir la actividad si la comunidad de propietarios lo hubiera previsto en sus estatutos, o por acuerdo unánime de la Junta. Y se estuvo de acuerdo en que hay que establecer mecanismos que eviten los problemas de ruido o molestias.

El magistrado Vicente Magro propuso un régimen sancionador que recaiga en el propietario que ejerza el arrendamiento sin el debido control, y que se le pueda prohibir en ese caso la actividad, y admitió la idea de identificar a las personas que se alojan en la vivienda vacacional por cuestiones de seguridad. También el magistrado Gonzalo Sancho dijo que la regulación de los perjuicios a la comunidad, por ruidos, mayor rotación de inquilinos o incremento de gastos a la comunidad, podría tener reflejo y una mención especial en el apartado 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal.

En general, se consideró que una hiperregulación del alquiler vacacional no mejora la situación, sino que está creando problemas que no planteaba el alquiler turístico que desde hace décadas se ha venido haciendo en Baleares o Canarias.



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