La morosidad en las comunidades de propietarios de Canarias cae un 7,49 %, y un 12,52 % la bancaria

El nivel de impago por morosidad soportado por las comunidades de propietarios en España disminuyó en el ejercicio 2016 un 8,5 por ciento con respecto al año anterior, alcanzando el importe de 1.665,90 millones de euros, frente a los 1.812 millones de euros que sumaba en 2015. A su vez, la morosidad bancaria se redujo el 12,20 por ciento, alcanzando los 330,80 millones de euros en 2016 frente a los 376,78 millones de euros de 2015.

En el caso de Canarias, y según los datos recogidos en un informe elaborado por el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE), la morosidad en las comunidades descendió un 7,49 por ciento en el mismo período citado, mientras que la reducción de la de los bancos fue más importante, del 12,52por ciento.

Por provincias, en la de Santa Cruz de Tenerife, la caída de la morosidad fue del 7,89 por ciento, y del 12, 51 por ciento en lo que se refiere a la deuda de los bancos con las comunidades de propietarios. Mientras que en la provincia de Las Palmas, la reducción fue del 7,16 por ciento, y del 12,53 por ciento en cada caso.

Si bien la morosidad bajó en todas las comunidades autónomas, los mayores descensos se registraron en Melilla (-9,90 %), Ceuta (-9,10 %), Asturias (-9,56 %), Cantabria (-8,74 %), Castilla-León (-8,48 %), Castilla-La Mancha (-8,20 %), Andalucía (-8,05 %), Galicia (-8,4 %), Madrid (-8,10 %), Navarra(-8,29 %) y País Vasco (-8,86 %). En el resto de comunidades autónomas el descenso de la morosidad es superior al 7 %.

A juicio de los administradores de fincas colegiados de España, es necesaria una nueva Ley de Propiedad Horizontal para seguir combatiendo la morosidad en las comunidades de propietarios, porque todavía el 39,9 por ciento de las comunidades de propietarios tienen morosos, y el porcentaje de las comunidades de propietarios en las cuales las entidades financieras tienen pagos pendientes alcanza el 7,29 por ciento.

La morosidad frena la rehabilitación

En el año 2013 entró en vigor la Ley de rehabilitación, regeneración y renovación de espacios urbanos, con el objetivo de fomentar la rehabilitación obligatoria de aquellos edificios que superen los 50 años en 2018, rehabilitación que conllevaría un importante ahorro energético en los edificios. No obstante, rehabilitar un parque de más de 25 millones de viviendas, en que la mitad de ellas tiene más de 30 años, y una quinta parte, más de 50 años, es realmente difícil con la morosidad existente.

También debido a la morosidad existente, muchas comunidades de propietarios no podrán rehabilitar ni hacer accesibles sus edificios como estipulan el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y su inclusión Social, que establece que los edificios existentes deben adecuarse a las condiciones de accesibilidad antes del 4 de diciembre de 2017.

Contar con un administrador de fincas colegiado garantiza el cumplimiento de los trámites y formalidades precisos, cuando hay que hacer una reclamación a un propietario moroso. No obstante, el CGCAFE ha elaborado un decálogo de medidas para actuar ante estos casos:
http://www.cgcafe.org/wp-content/uploads/2015/12/consejos-contra-la-morosidad.pdf



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